El registro telemático es una oficina de registro en Internet que el Ayuntamiento habilita a fin de permitir la realización de trámites de solicitud, sin necesidad de desplazamientos a sus dependencias.
Ayuntamiento de Villa del Prado. Registro general.
Descripción ampliada
Se puede realizar el registro de dos formas:
- De forma presencial, en cualquiera de los edificios con Registro general habilitado. - Por Internet, con certificado digital, a través de esta sede, previa introducción de la información requerida
1. Cumplimentar el formulario telemático y anexar la documentación necesaria.
2. Validar la solicitud.
3. Firma electrónica de la solicitud.
4. Obtener el justificante de la solicitud.
Destinatario
Cualquier ciudadano/a o empresa que quiera presentar una instancia o documentación dirigidos al Ayuntamiento de Villa del Prado.
Requisitos
Estar en posesión de un certificado digital y registrarse como usuario del sistema.
El artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que "los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible".
Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
En cumplimiento de ambas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de este Ayuntamiento.